La creación de un sistema de garantía progresiva del derecho humano a la alimentación en Colombia es una de las metas establecidas en el Plan Marco de Implementación de los Acuerdos de Paz y un llamado hecho desde la sociedad civil y la academia en los últimos años, por lo cual su creación constituiría un hito importante en el viraje de las políticas públicas alimentarias y nutricionales, de una visión soportada en una seguridad Alimentaria y nutricional instrumental a un enfoque mucho más amplio, integral e integrador como lo es el derecho humano a la alimentación. Este artículo presenta un breve análisis al proyecto de ley impulsado por los senadores Benedetti, Amín y García, haciendo énfasis en elementos centrales como la participación social, el reconocimiento del campesino como actor central y, sobre todo, la incorporación de las escalas de realización del derecho en la estructura del sistema.
Colombia, como Estado social de derecho, ha tenido la tarea de desarrollar procesos que permitan profundizar en la filosofía garantista de su carta política, dándole fuerza a los derechos humanos y a su materialización en la realidad nacional. Se trata de una tarea, a todas luces gigantesca, pero indudablemente necesaria y urgente, que toma un especial matiz de pertinencia cuando hablamos del Derecho Humano a la Alimentación (DHA), frente a la evidente necesidad de replantear la forma en que el Estado aborda los sistemas agroalimentarios nacionales y su clara fragilidad ante escenarios de emergencia, como lo ha sido la pandemia por el covid-19 (Cadavid et al., 2020).
El desarrollo de un proyecto de ley orientado a estructurar un Sistema de Garantía Progresiva del Derecho Humano a la Alimentación (SGPDHA) en Colombia es un avance importante y digno de celebración no solamente por avanzar en la construcción de un abordaje del problema alimentario que implique acciones sistémicas y coordinadas, algo que ha faltado de manera importante en las políticas de seguridad alimentaria y nutricional en Colombia (Ramírez et al., 2020), sino también porque implica transformaciones importantes en términos de arquitectura institucional y un nuevo horizonte en materia de armonización de políticas públicas.
El DHA es un objetivo no solo deseable para el país, sino también necesario y urgente, dado que su materialización implica el abordaje sistemático y profundo de una gran cantidad de problemáticas que han venido azotando al país, siendo especialmente importantes el tema de la tierra, su uso y propiedad, el manejo de los recursos naturales y, sobre todo, la dinámica productiva alrededor de los alimentos de consumo interno, elementos que han sido ignorados de forma flagrante en las políticas de seguridad alimentaria y nutricional en Colombia. Esto implica distanciarse de la mirada tradicional que posiciona lo alimentario como “asistencia alimentaria”, buscando una visión holística que, tal como lo plantea Food First Information and Action Network (Fian) en Colombia, vaya más allá de escenarios de focalización de la vulnerabilidad en los cuales no es posible hablar de garantía del DHA (Fian Colombia, 2013, p. 24).
Plantear el desarrollo de un SGPDHA en Colombia implica, tal como se plasma en la exposición de motivos del proyecto de ley, pensar en el DHA desde las escalas de realización del derecho (Seguridad Alimentaria y Nutricional [SAN], Soberanía Alimentaria [SoA], Autonomías Alimentarias [AA]) (Fian Colombia, 2013, p. 34), concepto desarrollado por Fian Colombia, institución que acompaña el desarrollo técnico del proyecto y que da cuenta del alcance y horizonte que debe plantearse en el sistema. Esto quiere decir que es necesario plantear la creación de una estructura institucional que ponga en contraste los avances que el país ha tenido en términos de SAN, reconociéndolos y dándoles alcance en el marco del nuevo sistema, pero también planteando la insuficiencia en cuanto al abordaje institucional que ha tenido el país en término de soberanía y autonomías alimentarias.
Tal como lo plantea Fian Colombia, “esto significa que la garantía del Derecho a la Alimentación… sólo se alcanza cuando tanto la Seguridad (de sus ciudadanos y familias) como la Soberanía (nacional) y las Autonomías Alimentarias (de sus pueblos o comunidades) se garantizan plenamente” (Fian Colombia, 2013, p. 34).
Aquí se plantea algo clave para tener en cuenta en la formulación del sistema, y es la relación indisoluble de la seguridad, la soberanía y las autonomías alimentarias para la garantía del DHA; esta relación debe ser incorporada en el sistema, y, naturalmente, en la nueva institucionalidad propuesta para su coordinación, dado que de no ser así se corre el riesgo de replicar el modelo que se ha venido desarrollando, manteniendo las dinámicas y estrategias orientadas a la SAN, ahora nominalmente como DHA, ignorando las otras dos escalas. Este escenario no permitiría hablar de una garantía real del DHA y limitaría de forma importante el proceso de transformación del modelo alimentario colombiano, frente al cual la soberanía alimentaria puede cumplir un papel fundamental, dada su mirada crítica al régimen alimentario de tipo corporativo (Fian Colombia, 2013, p. 34), además de socavarla posibilidad de transitar a escenarios de reconocimiento territorial de autonomías alimentarias diversas y étnicamente diferenciadas.
En relación con esto, el proyecto de ley “Por la cual se dictan normas para la realización del derecho humano a la alimentación y nutrición adecuadas, se establece el Sistema Especial para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación y se dictan otras disposiciones”, impulsado por los senadores Benedetti, Amín y García, y acompañado técnicamente por Fian Colombia, presenta algunos elementos que ameritan un análisis detallado para lograr su objetivo principal. Estos elementos son los siguientes
En primer lugar, en el marco de un sistema como el que se presenta en el proyecto de ley, se hace indispensable identificar de manera explícita cuáles son los actores que interactúan en el marco de dicho sistema, siendo claro que los actores institucionales “tradicionales” continúan jugando un papel importante, pero como se hace explícito en la exposición de motivos del proyecto, también se deben incorporar actores sociales en dinámicas de participación comunitaria real (Álvarez, 2016); por esta razón, es clave el reconocimiento de la figura del campesino como actor central en el sistema, haciendo evidente cómo sus problemáticas forman parte estructural, tanto de las causas de los problemas alimentarios en el país como de sus posibles soluciones. Tal como lo plantea la exposición de motivos, los derechos de los campesinos se encuentran íntimamente ligados a la soberanía alimentaria (ONU, 2018) y, por consiguiente, a las escalas de realización del derecho, elemento que debe ser incorporado y explicitado en el andamiaje institucional que desarrolle el sistema.
En términos operativos, el proyecto de ley plantea que el sistema será integrado por “las políticas, estrategias, instancias, programas, planes, proyectos, metodologías y mecanismos para la gestión, promoción, financiación, protección, respeto y garantía del Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuadas”, planteamiento que se queda corto en relación con la institucionalidad que se debe crear para subsanar los problemas ya evidenciados en escenarios como la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nacional (Cisan), por medio de la evaluación realizada por el Departamento Nacional de Planeación, en la cual, entre otras cosas, se hace énfasis en las dificultades que ha tenido la Cisan para realizar un trabajo intersectorial (DNP, 2015). Aquí convendría traer como ejemplo de construcción de andamiaje institucional a nuestro sistema general de seguridad social en salud, sistema que constituye todo un marco institucional y financiero orientado a articular y mantener de forma dinámica a los actores que participan en el sector salud, escenario mucho más complejo en relación con lo alimentario, por su naturaleza intersectorial.
En términos de participación social, es curioso cómo se plantea una incorporación masiva de actores sociales al nuevo espacio del Consejo Nacional de Alimentación y Nutrición, pero no se evidencia un cambio estructural de su funcionamiento, por el contrario, se define que el consejo se dará a sí mismo su reglamento, generando así la posibilidad de mantener las dinámicas tradicionales y exponiendo a los actores sociales que se incorporan al espacio a dinámicas en las cuales existe una clara asimetría de poder de decisión entre instituciones públicas y actores sociales.
En cuanto al sentido del sistema, es importante plantear su evidente vinculación con el Plan Marco de Implementación de los acuerdos de paz, y si bien en la exposición de motivos se hace referencia a esta implementación y a su relevancia en el marco del sistema, no se evidencia en la propuesta de este la incorporación de sus elementos constitutivos, siendo importante evidenciar la necesidad de que esta nueva institucionalidad orientada al DHA aborde de manera prioritaria temas de implementación de los acuerdos y priorice en sus estrategias los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET).
Reflexión final
Si bien la formulación de este proyecto de ley implica un avance importante y digno de celebración en términos de reorientar el referencial de la política alimentaria en el país, es ingenuo pensar que plantear un sistema sin transformaciones institucionales y recursos propios pueda transformar las realidades del asunto alimentario nacional, particularmente en lo que se refiere a la participación social y organización institucional, dos elementos que se aspira a transformar en el marco del proyecto de ley.
Nos encontramos frente al riesgo de simular un compromiso frente al DHA que no responda a la complejidad de sus escalas de realización, al no desarrollar un cambio real de la estructura institucional que toma las decisiones frente al tema alimentario en el país, por lo menos en términos de su política pública. El no transformar la institucionalidad actual implica mantener el enfoque tradicional orientado a una SAN instrumental y desarticulada, que puede simular un compromiso con el DHA, pero que en la realidad no sugiera ni obligue acciones estructurales contra el hambre y los demás problemas que impactan el asunto alimentario (Fian Colombia, 2013, p. 28).
Es comprensible que en el actual contexto político del país no sea viable tramitar un proyecto de ley de la envergadura que amerita este proceso, pero se hace necesario que los partidos políticos constituyan una alianza nacional por la DHA, partiendo de la premisa de que este sistema constituirá la base del desarrollo progresivo del país a un horizonte de garantía plena de los derechos humanos.
Referencias
Álvarez, A. L. (2016). La participación comunitaria en la formulación del plan decenal de soberanía y seguridad alimentaria y nutricional Nariño 2010-2019. Estudio de caso. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia.
Cadavid, M. A., Mora, L. X., Parrado, Á., Caicedo, P. N. y Del Castillo, S. E. (2020). ¿Qué hemos aprendido sobre los sistemas agroalimentarios en tiempos de la covid-19? En S. del Castillo (ed.), Aprendizajes en tiempos de la covid-19 (pp. 31-39). Bogotá: ALUDHAA. Recuperado de http://obssan. unal.edu.co/wordpress/aprendizajes-en-tiempos-de-la-co-vid-19/
DNP (Departamento Nacional de Planeación) (2015). Evaluación institucional y de resultados de la política nacional de seguridad alimentaria y nutricional. Recuperado de https://tinyurl.com/yy64f87f
Fian Colombia (2013). Colombia con hambre: Estado indolente y comunidades resistentes. Recuperado de https://tinyurl.com/ y3p6ov9m
ONU (Organización de las Naciones Unidas) (2018). Human Rights Council Draft United Nations declaration on the rights of peasants and other people working in rural areas. Recuperado de https://tinyurl.com/y5ktqwhn
Ramírez, I. A., Castellanos, R. E., Aguirre, L. A. y Pérez, E.M. (2020). La pospandemia y las políticas públicas alimentarias y nutricionales en colombia: retos y oportunidades. En S. del Castillo (ed.), Aprendizajes en tiempos de la covid-19(pp. 101-114). Bogotá: ALUDHAA. Recuperado de http:// obssan.unal.edu.co/wordpress/aprendizajes-en-tiempos-de-la-covid-19/