En la mayoría de los países preocupados por el bienestar social y los beneficios materiales otorgados a sus ciudadanos es muy común ver el dinamismo mostrado en materia de hacienda y economía. Continuamente se hacen cambios, buscando promover e incentivar el crecimiento, desarrollo e incremento de recursos que ayuden a los habitantes de determinado territorio.
Es así como el Gobierno y el Ministerio de Hacienda trabajan de la mano con el Congreso Nacional en la Reforma Tributaria, una “financiación por la pandemia” según el presidente Iván Duque Márquez, (Portafolio, 2021).
Como bien se sabe, el 2020 fue uno de los años más atípicos y complicados para gran parte de la población mundial. En tiempos de pandemia, la situación económica y financiera de muchos territorios y sus habitantes se vio marcada por la necesidad constante y la dificultad para asegurar condiciones materiales de existencia dignas. La nueva reforma tributaria busca ante todo disminuir la brecha existente entre los que tienen y los que no. Para ello es necesario financiar y fortalecer los elementos que tienen relación con la economía y con su estatuto tributario, es decir, las regulaciones que buscan captar recursos para incrementar el ya mencionado bienestar social de la población. De allí que, la presente reforma también fue denominada “Reforma social, solidaria y sostenible” (Co-marca, 2021, p. 1).
Es por ello que, como lo menciona el presidente de la república, Iván Duque Márquez: “No se trata de una reforma tributaria, se trata de financiar y proteger socialmente al país en medio de la pandemia y para los próximos años, las consecuencias económicas que ha traído” (Portafolio, 2021, p. 1).
De esta manera, la nueva reforma como transformación económica tiene un primer momento y el segundo, por la sostenibilidad y beneficios de la población que no tiene la facilidad de adquirir bienes y servicios, apelando a la solidaridad, participación y apoyo de quienes sí tienen y son contribuyentes.
Así, vemos como, según Jiménez:
[inicio de cita] El Gobierno en la necesidad de cubrir el déficit fiscal generado producto de la pandemia y, a su vez, poder dar cumplimiento a varios de los programas sociales que buscan un mayor equilibrio entre aquellas personas que tienen asegurada su fuente de ingreso, con aquellas que no lo tienen en un en país con alta dosis de inequidad, está ad portas de radicar un proyecto de reforma tributaria que busca cerrar la brecha y beneficiar a la población vulnerable, ampliando los programas que llegaron con la pandemia, como: renta básica, devoluciones del impuesto sobre las ventas, subsidio a la nómina y educación gratuita en universidades públicas para los estratos 1, 2 y 3. (2021, p. 1)[fin de cita]
De esta manera, como ya vimos, para dar continuidad a algunos de los programas sociales establecidos por el Gobierno, los cuales se van visto afectados por la crisis sanitaria actual, es necesaria la implementación de estrategias que ayuden a mitigar las catastróficas consecuencias económicas que ha traído consigo la inusual situación que hasta el día de hoy atravesamos y que obliga a unir esfuerzos entre todos los sectores de la población.
Partiendo del orden central, en las ciudades y, particularmente, en los municipios del país, son necesarios los beneficios que pueden prestar los recursos que manan de la nueva reforma presentada por el Gobierno.
Igualmente, de la mano con el nivel central, es imperativo formular mayor autonomía desde lo local, para que los municipios a su vez puedan hacer uso de las herramientas que brindan la recolección de los recursos públicos. Haciendo buen uso de los impuestos se atenderían las necesidades inmediatas que se presentan en los territorios, invirtiéndolos en programas sociales, infraestructura, etc., supliendo las necesidades de los habitantes desde el primer momento. Así mismo, se podrían establecer las responsabilidades de los contribuyentes con mayor precisión y efectividad, combatiendo la evasión (factor considerable en las regiones).
Con esto, se fomentaría el desarrollo desde lo particular, impactando lo nacional y viceversa. Si desde los municipios se desarrollan estrategias que potencien las políticas tributarias, la economía en los territorios se verá favorecidas, y tenderían al constante desarrollo.
Así, recordemos lo dicho en la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 95, numeral 2: “Obrar conforme al principio de solidaridad social”, al numeral 5: “Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país” y, particularmente, en el numeral 9: “Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad” (Constitución Política de Colombia, 1991, pp. 45-46).
En gran parte del territorio nacional necesita ayudas por parte del Estado. La pandemia ha golpeado duramente a ciudadanos del común que desde antes tenían una frágil, pero estable situación material y financiera, o que dependían directamente de la ayuda estatal para conservar el bienestar social en su estilo de vida. Desde las alcaldías se busca día a día, también por medio de múltiples estrategias, colaborar con las necesidades de los ciudadanos, buscando como reza el anterior artículo, la justicia y la equidad social.
Por ejemplo, según Jiménez:
[inicio de cita]Contrario a lo que se creía, los resultados de las primeras devoluciones del programa de devolución del IVA, durante la pandemia a la población más vulnerable, demostró que el Gobierno está en la capacidad de ejecutar este programa de manera eficiente y equitativa. (2021, p. 2) [fin de cita]
Programas como estos, financiados y ejecutados por el Gobierno ayudan, por ejemplo, al anciano, al niño, a la madre cabeza de hogar. Estas poblaciones –las cuales son sólo una parte afectada por la pandemia– poco visibles desde ciertos sectores, pero que son importantes en el ámbito cotidiano de los municipios nacionales, reciben de primera mano las ayudas que tanta falta hacen.
Vemos como la disposición del Gobierno en lo que se refiere a potenciar la economía y sobre todo a apoyar a quienes tienen menos, va de la mano con las políticas internacionales que quieren integrar y reducir el pronunciado espacio de aquellos que tienen y los que no. Estas políticas aplicadas a lo nacional son de gran ayuda.
De igual manera, la reforma es necesaria desde lo local, para así beneficiar desde un principio a los municipios, pues “Los beneficios tributarios otorgados por las entidades territoriales en el marco del principio de autonomía territorial son considerados como instrumentos para incentivar el desarrollo económico y social de las jurisdicciones” (Cardona, 2020, p. 249).
Recapitulando, la reforma debe tener en cuenta el ordenamiento territorial y los recursos que de este se puedan captar para el bien social, también es necesario poner la lupa sobre lo que ha sido el catastro hasta el día de hoy, pues su cobro ha sido desigual en algunas regiones del país.
Así, de acuerdo con Garay y Espitia:
[inicio de cita]Lo mismo ha ocurrido con un retraso histórico en la actualización del catastro que también ha bloqueado el avance hacia una adecuada tributación predial en el país. De ahí que una reforma del impuesto predial haya sido una tarea pendiente que puede abordarse a propósito de la emergencia socioeconómica y sanitaria generada por la pandemia del covid-19. (2020, p. 1) [fin de cita]
Este es el momento perfecto para que en la reforma tributaria se transformen el ordenamiento territorial y la correcta tributación predial. Estos recursos serán auxilios para la población que no tiene cómo enfrentarse a la situación económica actual y que esperan que el Gobierno les brinde la ayuda que les da dado hasta el día de hoy.
La búsqueda de la equidad y la justicia social, por medio de un mecanismo que permita captar una mayor cantidad de recursos, es indispensable. Sin embargo, su aprobación requiere pasar por varias etapas, las cuales pondrán a prueba los intereses tanto del Gobierno como de sus entes de control, uno y otros buscan generar desde sus respectivas funciones la equidad, la justicia social, el bienestar material y la reducción de las brechas que existen en la mayoría de los estamentos que componen la sociedad colombiana.
Referencias
Asamblea Constituyente (4 de julio de 1991). Constitución Política de Colombia, Bogotá D.C. Recuperado de https://www.ramajudicial.gov.co/documents/10228/1547471/CONSTITUCION-Interiores.pdf
Cardona, J. (2020). Beneficios tributarios otorgados por las entidades territoriales en el marco del principio de autonomía territorial. Revista de Derecho Fiscal, 17, 247-310. DOI: https://doi.org/10.18601/16926722.n17.09.
Co-marca (31 de marzo de 2021). Reforma tributaria 2021: ¿Qué es, cuándo será aprobada y quiénes pagarán más impuestos en Colombia? Recuperado de https://co.marca.com/claro/trending/2021/04/01/6065033a22601d6b358b463c.html
Congreso de Colombia (2019). Ley de crecimiento económico 2010. Bogotá, D. C. Diario Oficial N.° 51.179 de 27 de diciembre 2019.
Jiménez, J. (27 de marzo de 2021). Equidad y justicia social: aspectos de la nueva reforma tributaria. Asuntos Legales. Recuperado de https://www.asuntoslegales.com.co/consultorio/equidad-y-justicia-social-aspectos-de-la-nueva-reforma-tributaria-3145253
Portafolio (2 de abril de 2021). “No es reforma tributaria, es una financiación por la pandemia”: Duque. Recuperado de https://www.portafolio.co/economia/no-es-reforma-tributaria-es-una-financiacion-por-la-pandemia-duque-550599